Se realizó una audiencia ante la Sala V del Tribunal de Casación Penal luego del recurso presentado por los defensores de los cuatro policías de la Comisaría Tercera de Berisso, condenados por el asesinato de Ariel Canizzo en abril. El fiscal Carlos Altuve solicitó que rechacen esta medida por improcedente, al igual que Verónica Bogliano, quien patrocina a la familia por la Asociación Civil Miguel Bru (AMB). Ahora el Tribunal de Casación deberá emitir su fallo, se estima que sucederá en los próximos meses.
El ex capitán Ricardo de La Canal, los tenientes Roberto Percuoco y Ernesto Conti y el oficial principal José Antonio Cácere, fueron condenados el 30 de abril por el TOC 1 por “homicidio agravado en abuso por sus funciones en el cargo” por el crimen de Ariel Cannizzo. El joven de 33 años fue secuestrado de su casa el 21 de octubre de 2011 por los cuatro efectivos –en un procedimiento irregular– y sometido a una brutal golpiza, por la que murió horas después en la Comisaría Cuarta.
Los defensores de los policías negaron la golpiza y que fuera la causa de la muerte. Cuestionaron los argumentos de Omar Ledesma, perito de parte de la AMB, insistiendo en que solo había que tener en cuenta la pericia oficial; y quisieron desconocer el rol del particular damnificado para actuar en un juicio, ya que Bogliano pidió homicidio calificado para los cuatro imputados por tratarse de miembros de las fuerzas de seguridad en abuso de sus funciones, mientras que el titular de la UFI 4, Martín Chioriazzi, había pedido esta pena para Conti y Cácere y la absolución para los otros dos policías.
Uno de los argumentos de la defensa de los condenados fue que el menor y el hermano de la víctima, dos de los principales testigos, no hicieron inmediatamente la denuncia. Es decir, cuando Ariel estaba detenido, sin tener en cuenta que los policías de la comisaría del barrio eran los responsables de ese delito. También trataron de acusar a la víctima por su muerte, y dijeron que se había negado a recibir asistencia médica, aunque esto no consta en el acta policial. Y apelaron a una sola declaración del policía que era responsable de Cannizzo en la Comisaría 4ta de Berisso.
El fiscal Altuve detalló cómo quedaron probados los golpes como causal de la muerte, citando a varixs testigos -familiares de Ariel y vecinxs- quienes declararon en el juicio. Por otro lado, afirmó que tanto el perito oficial como el de parte concluyeron en que la muerte de Cannizzo había ocurrido por asfixia, aunque diferían en la causa que la provocó. Citó a Ledesma quien fue claro en dar cuenta de la lesión en la parte inferior de la laringe por la cual Ariel sufrió varias horas una asfixia lenta que culminó con la muerte por “síndrome asfíctico sub agudo”, y aseguró que esa es la conclusión lógica teniendo en cuenta el análisis del resto de las otras pruebas de la causa. Además remarcó que Ledesma explicó que el estado congestivo y edematoso de los órganos son otra prueba del sufrimiento prolongado de la víctima.
Los defensores sostuvieron que había que tener solo en cuenta la pericia oficial, que atribuyó la asfixia a una cardiopatía combinada con el consumo de sustancias tóxicas. Sin embargo, en esta audiencia el fiscal y Bogliano reiteraron que en el juicio no se demostró la existencia de la supuesta cardiopatía, ni tampoco que las cantidades encontradas de sustancias tóxicas en sangre fueran suficientes para desencadenar la muerte.
Por su parte Verónica Bogliano afirmó que hay sobrada jurisprudencia para que participe en un juicio el particular damnificado ante la ausencia de acusación fiscal, y mencionó el caso de Omar Cigarrán, que en 2017 se llevó adelante solo con la acusación particular. Reiteró que la golpiza está probada no solo por los testigos, sino el médico que constató la muerte de Ariel explicó en el juicio que los golpes tenían unas horas. Agregó que la pericia oficial también dio cuenta de esto cuando señalaron un sangrado en la zona abdominal, y que podría haber sido causado por golpes que tenían un tiempo. Además recordó otras pruebas como las manchas de sangre en la casa de Ariel, en los lugares donde los dos testigos cuestionados por la defensa dijeron que lo habían golpeado.
En sus conclusiones, tanto el fiscal como la abogada de la AMB sostuvieron que se debe rechazar el pedido de los defensores en tanto que “el fallo de primera instancia tiene un desarrollo lógico, circunstanciado y fundamentado para la sentencia condenatoria que recibieron los imputados”.
“Tuvimos que sostener ocho años de lucha junto a la familia de Ariel para llegar al juicio. Es sumamente grave que los cuatro condenados por homicidio siguieron ejerciendo como policías hasta ser condenados. Ahora esperamos que después de tanta lucha y tanta espera de la familia el Tribunal de Casación resuelva lo antes posible y de una respuesta justa”, expresó Rosa Bru.
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