Ariel Canizzo

Ariel Canizzo

Asesinado a golpes por Policías de la seccional 4ta. de Berisso en Octubre de 2011.

La mañana del 21 de octubre, Ariel Cannizzo dormía en su casa, en calle 94 y 126 Norte, de Berisso. A media mañana, en forma arbitraria y sin orden judicial, cuatro policías de la Comisaría 3ra de El Carmen entraron a la vivienda, a los gritos y a patadas, buscaron al joven y lo molieron a golpes. Al escuchar los ruidos, los vecinos se congregaron en la vereda. Fue así como fueron testigos de cómo los policías sacaban a Ariel a la rastra, todo ensangrentado. El muchacho fue llevado a la seccional, donde continuaron golpeándolo, hasta que durante la tarde de ese mismo día, lo trasladaron a un reconocimiento médico en la Comisaría 2da.

Después de que Ariel fue llevado a la 2da, todo en la causa se volvió difuso. El médico afirmó ante la Justicia que Cannizzo se negó a ser atendido. En el informe, por tanto, no hay constancia de las lesiones. De allí fue llevado a la Comisaría 4ta de Berisso donde recibió la visita de su hermano Damián. Ariel estaba golpeado, lleno de marcas y moretones, mal y descompuesto.

“Avisale a mamá que mañana, que es sábado, hay visitas. Que venga” le dijo al despedirse. Esa fue la última vez que alguien de su familia lo vio con vida.


En octubre de 2016 se cayó la carátula por “Apremios ilegales” y juzgarán a los policías en un Tribunal Criminal

El lunes 31, a las diez de la mañana, en la primera audiencia y a cinco años del hecho, la familia Cannizzo y la Asociación Miguel Bru, que patrocina el caso, lograron dar el primer paso, luego de más de cinco horas en que la jueza en lo Correccional Nº 1 de La Plata, Miriam Ermili, escuchó testimonios.

Juan Manuel Morente, uno de los abogados de la Asociación Miguel Bru y que representa a la familia Cannizzo, explicó que “la jueza Miriam Ermili resolvió procedente la declinación de competencia solicitada ante el cambio de calificación “Homicidio agravado” por funcionario público de fuerzas de seguridad, como dice el artículo 80, inciso 9”, que por el monto de la pena del delito resulta incompetente. Y que se deberá sortear un tribunal oral Criminal”

Verónica Bogliano, la otra abogada de la AMB, señaló que “Ni los peritos oficiales ni el perito de parte pudieron determinar que los golpes que recibió Ariel fueran a descartarse descartarse con el resultado de muerte que tuvo 12 horas después de detenido en la Comisaría. Por eso se pidió el cambio de calificación. La jueza se declaró incompetente porque si bien, en un tribunal oral pueden condenar por apremios ilegales, ella no puede condenar por homicidio en caso de constatarse que los golpes que recibió Ariel le produjeron la muerte. Declararse incompetente significa dejar sin efecto todo lo actuado hasta la fecha.

El caso se trasladó a un juzgado criminal. Los careos entre los peritos trajeron luz en lo que fue la muerte de Ariel. Y así se conoció que faltaron varias cuestiones en la investigación previa y en las pericias y se demostró que en este caso no fueron exhaustivas. No se hizo un estudio detallado para conocer el origen de la asfixia y se pudo constatar la presencia de hematomas internas que hablan de los golpes que recibió horas antes de morir”.

Declararon la Dra. Andrea Sanchez y el Dr. Juan José Granillo Fernández, quienes hicieron la autopsia, el Dr. Omar Ledesma, perito de parte de la familia y la ong de derechos humanos que logro desvirtuar en parte los dichos de aquellos.
La familia Cannizzo y la AMB sostienen que Ariel murió tras ser sometido a brutales golpizas por parte de los policías y lograron dejarlo en claro en la primera audiencia en la que comenzaron a ser juzgados Ricardo de La Canal, capitán hoy jubilado, los tenientes Roberto Percuoco y Ernesto Conti, y el oficial principal José Antonio Cáceres.

“Sabíamos que no iba a ser fácil. Fue fundamental el testimonio de los médicos para evaluar la prueba. En principio, hubo un allanamiento ilegal. Ahora tenemos que esperar que los elementos que no fueron investigados sean investigado en lo Criminal. No es la primera vez que pasa y asì es como se puede desentrañar la cadena de encubrimiento. Le restaron importancia, en un caso donde había policías involucrados. El perito de parte, el doctor Omar Ledesma, pudo determinar que si Ariel tenía sustancias tóxicas en sangre, entonces debería haberlas consumido mientras estaba detenido. Allí aparece una gran contradicción”, dijo Rosa Bru.

“Yo sé que mi hijo falleció por las torturas que sufrió. Y que sean juzgados por “apremios” implica continuar con el encubrimiento y la impunidad. Quiero que se haga Justicia para que mi hijo pueda descansar en paz por el sufrimiento que tuvo que pasar de tanta paliza que le dieron”, dijo Mónica Yllescas.

La causa llegó a juicio en un juzgado Correccional por imputación de apremios ya que el fiscal Marcelo Romero denegó varios pedidos de prueba presentados por los abogados y la ABM, que permitían probar la vinculación de los golpes de los policías con el deceso de Ariel.

Un informe posterior de Omar Ledesma, el perito de parte nombrado por la familia y la AMB da cuenta de “lesiones evidentes en la zona de la garganta y lengua” y sostiene que la muerte pudo ser causada por las lesiones provocadas por la golpiza que recibió Ariel.

El 31 de octubre las 10 hs. comienzó el juicio por “apremios ilegales” a Ariel Cannizzo, en el juzgado Correccional N° 1 de La Plata.

recibió una llamada de la policía de El Carmen. “Su hijo tiene alguna enfermedad?” le preguntó un efectivo de forma insistente, “porque su hijo murió de un paro cardíaco”, remató. Esta pregunta fue reiterada con posterioridad en la UFI 6 a los vecinos testigos de la detención ilegal.

Las irregularidades estuvieron presentes desde el principio de la investigación, cuando la misma policial de DDI fue quien inicio la investigación y tomó declaraciones a los policías de la Comisaría Cuarta.

El informe de la autopsia, a cargo de la Asesoría Pericial, sostuvo que no se podía asegurar que el paro cardíaco fue a consecuencia de lesiones traumáticas, y desvincula la muerte a las graves lesiones sufridas en zonas vitales.

Sin embargo, un informe posterior de un perito de parte de la familia y la Asociación Miguel Bru, afirma que descubrió lesiones evidentes en la zona de la garganta y lengua, y que la muerte pudo ser causada por las lesiones que sufrió Ariel por parte de los policías de la comisaria Tercera del Carmen.

La historia de hostigamiento de Ariel surge con los policías de su barrio y culmina con su muerte en la Comisaría Cuarta de Villa Arguello, pero en el medio hay una historia previa de persecución, hostigamiento y golpizas.

Meses antes de morir, había sido detenido junto a su cuñado, a raíz de de una discusión en un local de comida del barrio, en la Comisaría Tercera de El Carmen, donde fueron golpeados y le abrieron una causa por resistencia a la autoridad.

Tras un breve y absurdo proceso de flagrancia a cargo de la fiscal Leyla Aguilar, que ya en otras causas que representa la AMB se habría opuesto a investigar a policías pidiendo el sobreseimiento de los policías acusados y obstaculizando pedidos de prueba, el Juzgado Correccional N° 5 a cargo del juez Diego Tatarsky, lo condenó a seis meses –sin cumplimiento efectivo- tomando como única prueba las declaraciones de los policías que lo habían detenido, entre quienes también estuvo De la Canal.

La jueza Claudia Matilde Marengo había citado a Canizzo en distintas ocasiones para que se presente en el juzgado. En todas esas oportunidades, los mismos efectivos que le habían armado la causa le llevaban las notificaciones vencidas (un día después de que se venzan). De esta forma Ariel no llegó a pagar una multa de 50 pesos ni a presentarse ante la jueza. De modo inexplicable Marengo dictó una orden de detención para ser ejecutada por la misma comisaria (pedido de captura) totalmente injustificada e ilegítima en el marco de una sentencia de solo 6 meses y por una causa armada por resistencia a la autoridad. “Le decretaron la rebeldía y pidieron su captura, cuando Ariel vivió desde que nació en el mismo lugar, y nunca se fue de su casa” explica su mamá Mónica.

Tras su muerte, la familia y los vecinos organizaron varias marchas en reclamo de justicia en el barrio, en las que fueron dispersados a los tiros por la misma policía.

La justicia condenó a perpetua a cuatro policías de Berisso que golpearon salvajemente y mataron al joven Ariel Cannizzo, de 33 años, en 2011. La causa estuvo a punto de ser archivada, pero la lucha de los familiares y de la Asociación Miguel Bru lograron enviarla a juicio bajo la figura de homicidio calificado. «Estamos sorprendidos, no creíamos en la justicia. Estoy emocionada, el corazón me estalla», dijo Mónica Yllescas, la mamá de la víctima, minutos después del veredicto. 

Por: Redacción Perycia / Fotos: Matías Adhemar / Publicada: 1/05/19

Había pasado el mediodía del martes 30 de abril y en los pasillos de los tribunales platenses los familiares de Ariel Cannizzo esperaban la sentencia. No se habían hecho ilusiones: el pronóstico era desalentador. Sin embargo, cuando la secretaria del Tribunal en lo Criminal (TOC 1) convocó a la lectura del veredicto en una pequeña oficina, y minutos después comenzó con la exposición, el semblante de Mónica Yllescas, mamá de Ariel, tomó otro color.

-Tengo una gran alegría, se hizo justicia por mi hijo. Vivimos muchos años de dolor. Pero estoy emocionada, el corazón me estalla, Ariel va a descansar en paz -dijo Mónica, apenas salió hacia el pasillo y se abrazó con sus parientes. Poco después, abandonaban el tribunal: el trámite había sido tan breve como contundente.

Fueron ocho años de búsqueda de justicia. Pero la espera, esta vez, no fue en vano.

El ex capitán Ricardo de La Canal, los tenientes Roberto Percuoco y Ernesto Conti y el oficial principal José Antonio Cácere, fueron condenados por el homicidio de Ariel Cannizzo, un joven de 33 años que el 21 de octubre de 2011 fue secuestrado de su casa por los cuatro efectivos –en un procedimiento irregular y sin mediar orden de captura – y sometido a una brutal golpiza. Como resultado de esos golpes murió luego, cuando estaba detenido en la Comisaría Cuarta.

-Las pruebas estaban en contra de ellos, pero no teníamos expectativa. Gracias a la Asociación Bru y a los abogados que nunca nos abandonaron. Y a los testigos que fueron valientes -subrayó Mónica Yllescas, enjugando su rostro de lágrimas.

La referencia a los testimonios no es casual. Desde el comienzo del juicio, testigos habían reconocido que fueron amenazados por los compañeros de fuerza de los imputados o sufrieron represalias por sus declaraciones. Sin ir más lejos, tras la primera audiencia, la madre de Ariel afirmó que policías de la Comisaría 3ª le apuntaron con un arma a su nieto, mientras jugaba en la esquina de su casa. Un día después de ese testimonio, efectivos de la misma dependencia allanaron la casa de la hermana de Ariel por una denuncia radicada por otro policía.

El hostigamiento de la fuerza había sido acompañado por el letargo de la investigación judicial. «Esta causa estuvo en manos del fiscal Marcelo Romero y estuvo a punto de ser archivada. No es fácil sentar a policías en el banquillo y fue un logro de la lucha encabezada por su mamá. Estamos contentos. Sufrimos aprietes de la fuerza durante las audiencias, pero no es nada nuevo, son prácticas amenazantes de los policías y forman parte de un espíritu corporativo que busca garantizar la impunidad», dijo Rosa Bru, que estuvo presente en el veredicto y acompañó a la familia Cannizzo desde que la Asociación Miguel Bru (AMB) aceptó ser querellante.

Ariel Cannizzo estaba en la mira de la fuerza: lo habían marcado hacía tiempo.

En el juicio quedó demostrado que el 21 de octubre de 2011 policías de la Comisaría 3ª de Berisso entraron a su casa mientras perseguían a un adolescente de 14 años. Ariel ya había tenido problemas con los efectivos de esa misma dependencia. Además, había estado cuatro años preso por una causa armada y, en ese momento, tenía otra causa abierta por resistencia a la autoridad.

La querella comprobó, con una importante carga probatoria -ratificada por los jueces del tribunal- el momento de la captura: fue en un procedimiento irregular, sin orden de captura, que los agentes se lo llevaron detenido. Y antes lo golpearon brutalmente y revolvieron toda la casa. Los vecinos dijeron que a Ariel lo sacaron a la rastra, casi inconsciente. Pocas horas después, en la madrugada del 22, Ariel murió en un calabozo de la comisaría 4ª de Berisso.

En sus alegatos, el fiscal Martín Chioriazzi y la abogada Verónica Bogliano -junto a su compañero de la AMB en la defensa, Juan Manuel Morente-, explicaron cómo Cannizzo murió por una lesión en la parte inferior de la laringe, por la cual sufrió varias horas una asfixia lenta que culminó como “síndrome asfíctico sub agudo”.

Bogliano acreditó por el relato de dos testigos, uno de ellos el hermano de Ariel, que los cuatro imputados ingresaron a la casa de la víctima y lo golpearon brutalmente mientras estaba en un estado de total indefensión. Además, destacó que de la autopsia se desprende que no hay evidencia física de que haya opuesto resistencia, sino todo lo contrario: la existencia de sangrado en la zona interna del abdomen, acreditando la salvaje golpiza.

El caso llegó a juicio caratulado como “apremios ilegales», algo que, según la AMB, «es una vieja y conocida estrategia del Poder Judicial para garantizar la impunidad de los casos de gatillo fácil». Pero el fiscal y la querella pidieron la ampliación de la acusación a homicidio calificado, logrando el cambio antes del comienzo de las audiencias.

“Desde 2011 venimos peleando contra el encubrimiento y la impunidad, para que la causa no sea cerrada y se investigue que pasó, al igual que en el caso de Miguel y tantos otros de violencia institucional. La verdad no teníamos ilusión con la sentencia porque el contexto actual es muy complicado, tenemos al presidente y a la ministra Bullrich que avalan la mano dura y felicitan a los policías que matan. Pero estamos felices y sorprendidos porque la familia va a reparar la pérdida inmensa que ocasionó este hecho aberrante de brutalidad policial”, concluyó Rosa Bru, en el cierre de la audiencia por el veredicto.